Tras la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) del 26 de octubre de 2021 que declaraba inconstitucional la forma de calcular el conocido como impuesto de plusvalía y la reforma de legislador para acomodar este impuesto, ¿qué situaciones pueden recurrirse? ¿Qué ocurre con el impuesto entre el 26 de octubre -fecha de la sentencia del TC- y 10 de noviembre -fecha de la modificación de la Ley? ¿Y con los impuestos que se generen desde el 10 de noviembre hasta el momento en que los ayuntamientos adapten sus ordenanzas? Estas son algunas de las preguntas a las que ha dado respuesta Manuel Mata, abogado experto en Derecho Tributario y decano del Colegio de Abogados de Castellón, en la Conferencia de los Lunes celebrada hoy, en la que se ha analizado este impuesto y que ha contado con más de 1.700 inscritos.
Accede a la noticia completa publicada en el Diariojurídico.com el día 15 febrero de 2022.
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